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Cuándo se vive en unión libre se puede comulgar

Las parejas que viven en unión libre no tienen la posibilidad de recibir la Comunión pues desde adentro no están predispuestos a ello. Aun si el sacerdote que administra la Eucaristía no sabe a quién da la comunión, la pareja comulgante incurriría en falta al formar parte de la Eucaristía sin la adecuada predisposición espiritual.

Una pareja se casa por lo civil pues él no desea casarse por la Iglesia, pero ella es fiel. ¿No puede comulgar? (Pregunta de FB)

El matrimonio civil no es famoso por Dios ni por la Iglesia; en consecuencia, canónicamente no posee valor, es como inexistente. La Iglesia no reconoce validez preceptiva al matrimonio civil, para ella el matrimonio civil entre 2 católicos no posee estatus marital, es un matrimonio prácticamente nulo. Y a pesar de que los contrayentes han manifestado un deseo real de casarse, para la Iglesia continúan solteros. Pero ojo: la Iglesia no niega el esperado efecto jurídico que exactamente la misma declaración civil es con la capacidad de generar, más allá de que se realice frente a una autoridad diferente de la eclesiástica. En otras expresiones, quienes asisten al juez o autoridad civil para casarse tienen la posibilidad de expresar el permiso marital verdadero y genuino. Varios de los que van a la corte desean casarse, verdaderamente desean casarse. En los cánones 1059 y 1117 no se niega esta situación: no hay razón para dudar de la intención realmente marital de quien se dirige al juez. Lo que hace el Código de Derecho Canónico es privar a la expresión del permiso civil de su efectividad sacramental si no se hace adecuadamente. ¿Por qué razón la Iglesia desea que los católicos se casen en la Iglesia? O, dicho de otra forma, ¿por qué razón el derecho canónico desea que los matrimonios se contraigan canónicamente? Con motivo de atribución de facultades. Es razonable que la Iglesia regule las relaciones jurídicas de sus integrantes y de los bautizados. Y si hay que regular este género de relaciones -introduciendo, por supuesto, el matrimonio-, lo habitual es que se integre la regulación de los componentes que se necesitan para ofrecer efecto jurídico a los actos de las partes. En otras expresiones, la Iglesia puede – y debe – regular de qué manera los católicos practican los actos jurídicos sacramentales. La Iglesia rechaza el matrimonio civil de los bautizados, «por consiguiente, entre los bautizados no probablemente halla contrato marital válido que por esta razón no sea sacramento» (cánido. 1055, § 2). El libro del Génesis nos enseña que el matrimonio es amado por Dios y Jesús lo eleva a la categoría de sacramento; de ahí que sus acólitos, en la Iglesia, tienen que estimar, respetar y apreciar la dignidad y sacramentalidad que Jesús dio al matrimonio. El matrimonio de un católico contraído fuera del sacramento es inválido según la ley de la Iglesia, en tanto que no satisface totalmente lo que nuestra fe enseña sobre el matrimonio. La validez del sacramento no es arbitraria, sino es dependiente de la presencia de determinadas condiciones y compromisos propios de la naturaleza del matrimonio; esta es pura doctrina de la Iglesia fundamentada en el Evangelio y la Tradición Apostólica. No obstante, con independencia de la «fe» de entre los cónyuges o de los dos, de si entre los cónyuges, o de los dos, «desea» casarse por la Iglesia, excluida la manera preceptiva, el mero vínculo civil no deja ser una relación de concubinato, y por ende de fornicación; estas realidades que previenen el ingreso a los sacramentos mientras que persista el pecado. El matrimonio no es una licencia para tener sexo. La privacidad sexual es un obsequio de Dios para el matrimonio. En el momento en que no es un acto marital según el deber del amor leal, abierto a la fecundidad, entonces es pecado pues falta el auténtico amor. El matrimonio es una coalición persistente de amor según los preceptos de la ley natural y divina. En esta única coalición, la unión del hombre y la mujer halla su auténtico concepto como acto de amor. Por consiguiente, los convivientes y los unidos solo en matrimonio civil están en estado persistente de pecado y no tienen la posibilidad de recibir los sacramentos. La buena intención de casarse por la Iglesia no es suficiente para comulgar.

¿Puede comulgar cualquier persona que viva en unión libre?

Pero el que vive en unión libre o en matrimonio civil, que asimismo es unión libre a la luz de la iglesia, está en pecado mortal. Pero no tienen la posibilidad de comulgar públicamente por el hecho de que eso llevaría a no tomarse seriamente los requisitos del matrimonio, que es único y también indisoluble, ha dicho el jerarca católico.

¿De qué manera lleva por nombre a una pareja que no está casada por la Iglesia?

Pregunta:

Sé con perfección que en el momento en que una pareja no está casada por la Iglesia, sino más bien solo por las leyes civiles, no tienen la posibilidad de arrimarse a la Comunión. No obstante, las cambiantes son muchas, pero en cualquier caso: ¿no piensas que si entre las partes siente la necesidad urgente de recibir a Jesús Sacramentado, no está en su derecho a recibirlo (hablo de el derecho a ser asimismo partícipe de la Salvación y del Jubileo de estar en Dios si bien no sea por el sacramento del matrimonio)?

¿Podrías iluminarme por qué razón los solteros en la Iglesia pierden esta ocasión de arrimarse a la comunión? ¿Te percatas de que esta se encuentra dentro de las muchas formas en que los que creen en la Muy santa Trinidad se distancian de la Iglesia y, lo que es peor, se unen a una secta religiosa?

Esta pregunta de Indira la hacen varios leales que, por carecer de capacitación, no tienen la posibilidad de recibir la Eucaristía.

Escritura

Comulgar es recibir al mismo Cristo en la Hostia Consagrada, en consecuencia, hemos de estar en estado de felicidad y tener el alma adecuadamente lista.

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